Se entiende por accidente deportivo, el sufrido por los asegurados con ocasión del ejercicio de la actividad deportiva objeto de la póliza, en el cual se produce una lesión para el deportista, sin patología ni alteración anatómica previa.
Las Asistencias Médicas cubiertas por la póliza serán prestadas en centros médicos o por facultativos concertados por la entidad.
Deberán cumplirse en todos los casos los siguientes pasos:
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DEPORTIVO
TELÉFONO DE URGENCIAS 24H: 900 90 97 66
1. En caso de URGENCIA GRAVE
– Fracturas, golpes en la cabeza, heridas abiertas, dolor intenso.
– Llamar al 900 90 97 66.
– Si existe riesgo vital, acudir al hospital más cercano y avisar al 900 90 97 66.
2. En caso de NO URGENCIA
– Declarar el accidente llamando al 900 90 97 66.
– Te indicarán el centro concertado y enviarán la autorización.
3. Comunicación obligatoria
– Plazo máximo: 7 días desde el accidente.
– Enviar el parte descargado de la web federativa + informes médicos a:
accidentesdeportivos@nuevamutuasanitaria.es
– Confirmar siempre llamando al 900 90 97 66.
4. Autorizaciones médicas
– Toda consulta, prueba o rehabilitación requiere autorización previa.
– Tras cada asistencia, enviar informe médico + prescripción a la mutua.
– Gestionar siempre a través del 900 90 97 66.
5. Reglas importantes
– Si no declaras el accidente en 7 días al 900 90 97 66, no hay cobertura.
– Estarás en baja deportiva hasta recibir el alta médica oficial.
– Solo se acude a la Seguridad Social en urgencia vital, informando al 900 90 97 66 lo antes posible.
– El seguro solo cubre lesiones que cumplan la definición de accidente deportivo.
RECUERDE:
- Será motivo de cierre del expediente del Siniestro y por tanto no continuidad de tratamiento, si durante la BAJA MEDICA DEPORTIVA el Federado realiza actividad deportiva, careciendo de cobertura los accidentes posteriores que pudieran producirse sin estar de alta médica por un accidente anterior.
- El accidente debe ser comunicado en un periodo máximo de 7 días desde que se produce el mismo.
- Cualquier asistencia, consulta médica, pruebas o rehabilitación, que no sea de URGENCIAS, deberá ser autorizada previamente por Generali, de lo contrario será el federado quien se haga cargo de los costes incurridos.
- Les recordamos que la póliza de la Federación se rige según el Real Decreto 849/1993 por la cual se incluyen las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, por traumatismo puntual, violento, súbito y externo, durante la práctica deportiva, siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes; se excluyen también las enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, por micro traumatismos repetidos, tales como tendinitis y bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general cualquier patología degenerativa.